CLASIFICACION DE LAS LICENCIAS DE CONDUCIR

 

CLASIFICACIÓN DE LAS LICENCIAS DE CONDUCIR
Las licencias de conducir expedidas conforme al DS 40 – 2009-MTC se clasifican en:

 

CLASE A: Licencias para conducir vehículos motorizados, cuyas categorías son:

CATEGORÍA I
Autoriza a conducir vehículos automotores de transporte de personas de las categorías M1 y M2 de uso particular, así como vehículos automotores de transporte de mercancías de la categoría N1. Estos vehículos pueden llevar acoplado o enganchar otro vehículo de la categoría O1.

CATEGORÍA II-a
Autoriza a conducir vehículos automotores de transporte de personas de la categoría M1 destinados al servicio de transporte especial de pasajeros en las modalidades de taxi, escolar, turístico y de emergencia, así como a los servicios de transporte colectivo de pasajeros en los ámbitos provincial, interprovincial e internacional transfronterizo. La licencia de conducir de esta categoría autoriza a conducir vehículos señalados en la categoría
CATEGORÍA II-b
Autoriza a conducir vehículos automotores de transporte de pasajeros de la categoría M2 destinados al servicio de transporte de personas bajo cualquier modalidad, así como vehículos de transporte de mercancías de la categoría N2. Estos vehículos pueden llevar acoplado o enganchar otro vehículo de la categoría O1 u O2. La licencia de conducir de esta categoría autoriza a conducir vehículos señalados en las categorías anteriores.

CATEGORÍA III-a
Autoriza a conducir vehículos automotores de la categoría M3 destinados al transporte terrestre de pasajeros.
CATEGORÍA III-b
Autoriza a conducir vehículos automotores de transporte de carga de la categoría N3. Estos vehículos pueden llevar acoplado o enganchar otro u otros vehículos de la categoría O.
CATEGORÍA III-c
Autoriza a conducir vehículos de la categoría III – a y b, de manera indiferente. La licencia de conducir de esta categoría autoriza a conducir vehículos señalados en las categorías I y II.

CATEGORÍA IV
Autoriza a conducir vehículos de transporte terrestre de materiales y residuos peligrosos, la misma que tiene el carácter de adicional a la licencia que corresponde a la categoría de vehículo que transporta los materiales y residuos peligrosos.

CLASE B: Licencia para conducir vehículos automotores y no motorizados, cuyas categorías son:

CATEGORÍA I.- Licencia para conducir vehículos de tres o más ruedas, no motorizados, que utilizan la calzada de la vía pública para circular.

CATEGORÍA II.- Licencia para conducir vehículos motorizados de la categoría L, la misma que se sub clasifica en:
Categoría II-a
Autoriza a conducir vehículos de las categorías L1 y L2 que se encuentren destinados al transporte particular de pasajeros o al transporte de mercancías.
Categoría II-b
Autoriza a conducir vehículos de las categorías L3 y L4 que se encuentren destinados al transporte particular de pasajeros o al transporte de mercancías. Esta licencia permite conducir los vehículos indicados para la licencia de la categoría anterior.
Categoría II-c
Autoriza a conducir vehículos de la categoría L5 destinados a la prestación del servicio de transporte público especial de pasajeros en vehículos menores y transporte de mercancías. Esta licencia permite conducir los vehículos indicados para la licencia de las dos (2) categorías anteriores.

Respecto a la clasificación M, N, O, L que esta de acuerdo al RD 4848-2006-MTC y modificatorias, que quizá no entienda porque no sabe cual es esta clasificación, pero las puede encontrar aqui: Clasificáción vehicular

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41 comentarios en “CLASIFICACION DE LAS LICENCIAS DE CONDUCIR”

  1. Tengo una licencia a1 quiero recategorizar pero tengo uns miniban de 12 pasajeros particular y un camion de 5 toneladas q categoria me corresponde
    Para poder manejar las dos unidades
    Responder urgente

  2. BUENAS TARDES, QUISIERA SABER SI PUEDO CAMBIAR MI CATEGORIA DE A DOS a QUE SOLO TENGO SEIS MESES, CAMBIARLO ADOSb.
    GRACIAS POR SU REPUESTA. 

  3. buenas noches tengo licencia de conducir A UNO, puedo conducir la camioneta de la empresa donde laboro, es de una empresa, la semana pasada me intervino un policia y me dijo con con la categoria de mi licencia no puedo conducir la camioneta porque esta a nombre de la empresa donde laboro, es cierto esto?

  4. hola.

    tengo la licencia antigua AI en la cual yo podia manejar moto lineal.

    ahora, en 2014, esa licencia ya no me sirve, tengo q sacar una nueva en la municipalidad donde resido. Hasta aqui todo bien.

    sin embargo, mi DNI fue expedido en el extranjero, por lo tanto, mi direccion tambien es del extranjero.

    la pregunta es: puedo obtener licencia para moto lineal presentando un certificado domiciliario legalizado por un notario ? 

    debo resaltar q siempre he residido en la localidad y en la actualidad estoy viviendo, en casa de mi madre.

    gracias. 

  5. HOLA : BUENAS NOCHES YO TENGO A3B  y quiero hacer el servicio de taxi ; yo he preguntado a varios policías de transito y me dijeron que no hay ningun problema porque tu tienes categoría profesional  por favor pueden sacarme esa duda , gracias

    1. HOLA RODRIGO
      LICENCIA DE CONDUCIR CLASE “A” CATEGORIA II-b

      Autoriza a conducir vehículos automotores de las categorías:

      •Categoría M: Vehículos automotores de cuatro (04) ruedas ó más diseñados y construidos para el transporte de pasajeros.
      M2
      Vehículos de más de ocho (08) asientos, sin contar el asiento del conductor y peso bruto vehicular de cinco (05) toneladas ó menos. Ejemplo:

      Microbús (Combi) Minibús (Coaster)

      Destinados al servicio de transporte de personas bajo cualquier modalidad.

      •Categoría N: Vehículos automotores de cuatro (04) ruedas ó más diseñados y construidos para el transporte de mercancía.
      N2
      Vehículos de peso bruto vehicular mayor a 3,5 toneladas hasta 12 toneladas. Ejemplo:

      Furgón Cisterna

      Estos vehículos pueden llevar acoplado ó enganchar otro vehículo de la categoría:

      •Categoría O: Remolques (incluidos semiremolques)
      O1
      Remolques de peso bruto vehicular de 0.75 toneladas ó menos.

      O2
      Remolques de peso bruto vehicular de más de 0.75 toneladas hasta 3.5 toneladas.
      SALUDOS

  6. Buenas noches;de antemano le agradezco la respuesta a mi pregunta.Yo actualmente tengo la AIIb,la tengo hace 8 años;puedo realizar la recategorizaciòn a la categorìa AIIIb ?

    1. HOLA CARLOS
      PUEDES SOLICITAR, JUNTANDO LOS SIGUIENTES REQUISITOS :

      •De categoría II-b a categoría III-b
      a) Edad mínima 24 años
      b) Tener como mínimo una antigüedad de 1 año con la categoría A-II-b.
      c) Certificado médico de aptitud psicosomática.
      d) Certificado de profesionalización en Transporte de Mercancías
      e) Aprobar el exámen de manejo para la categoría
      f) Pago por derecho de tramitación S/. 24.50 en el Banco de la Nación: Tasa Nº 1600.

      SALUDOS

  7. La verdad de las cosas es con esto de los cambios de decretos reglamentos y todo lo demas es lo unico de sacarnos el dinero vilmente aprovechando que no hay union en transporte ya que cada gremio busca sus propios intereses y no reclaman lo que realmente inporta.
    con este sistema de puntos que nos lo han metido a la fuerza no hay quien entienda. ya que este sistema viola todo los derechos, derecho al trabajo, derecho a la defenza,etc

  8. MIRE SEÑORES DEL MTC… LA VERDAD DESDE MI PUNTO  DE VISTA NO ESTOY DE ACUERDO CON LOS REGLAMENTOS QUE SE PARAN CAMBIANDO A CADA RATO, YO PUES RECATEGORICE EN DICIEMBRE 2010Y OBTUVE MI CAT (A TRES A)AHI ME INFORME QUE CON LA DICHA CATEGORIA PODIA CONDUCIR TODA LA CAT ANTERIOR Y EN CASO DE CARGA MAS O MENOS 12 TONELDAS PARA ABAJO, OSEA MENOS LOS TRAILES, Y QUE LA CAT ATRES B ERA EXCLUSIVO PARA CARGA MIENTRAS ATRESC PARA TODOS EN  GENERAL POR ESA RAZON SAQUE MI (A TRES A) PERO EL OTRO DIA ESTUVE CONDUCIENDO UN CAMION DE TRES  TONELADAS Y ME RETENIERON LA LICENCIA DICIENDO QUE ESA CATEGORIA ES  SOLAMENTE PARA TRASPORTE DE PASAJEROS ESO ME INDIGNA YO PIENSO QUE DEBRIA SER ASI COMO ME HABIAN DICHO EN DICIEMBRE 2010EN ESA PARTE ESTOY DE ACUERDO  POR QUE MUCHOS SON LOS PERJUDICADOS ,ESPERO PUES PIENSEN UN POCO AUTORIDADES DE LA MTC EN NUESTROS PROJIMOS POR QUE AL CAMBIARSE DE UN MOMENTO AOTRO UNO NO ESTA AL TANTO AVECES DEL REGLAMENTO. GRACIAS

  9. lo que yo propongo es que se desentralicen las escuelas de capacitación para las diferentes categorías , caso contrario, los usuarios no van a poder capacitarse en ningún caso, por la razón de que para viajar de un distrito a una capital de departamento es caro, se pierde demasiado tiempo en la capacitación y no voy a poder sostener a mi familia por estar capacitandome en otro lugar que no sea mi pueblo o provincia. el tiempo de 6 semanas AIIb, 2meses y medio para la AIII b y 3 meses y medio para la A-IIIc. imaginese y a penas tengo tiempo los sábados y domingos, claro si se encuntra las escuelas desentralizadas las podré hacer por las noches. por favor entiandan autoridades del MTC. no sean tan brutos ?  y entiendan de una vez….. si no, para llevarles alfalfa.

    1. Las escuelas de Conductores, fue creado con la finalidad de hacer verdaderos profecionales a los conductores que prestan servicio de personas y mercancias, pero lamentablemente, han dado autorizacion a personas sin escrupulos bajo una personeria juridica lo que unicamente buscan lucrarse, por la coyuntura del momento, sin que nadie haga una fiscalizacion como debe ser, ya que los señorres de la SUTRAN no estan bien capacitados, si no preguntesen por que ha aumentado los accidentes de transito.

  10. Estamos pensando comprar una van de 12 pasajeros para uso personal(para la familia que es numerosa), mi duda es si debemos cambiar la licencia A1 que es la que tenemos, por la A2. respondame con urgencia por favor.

  11. ¿Si compro una van de 12 pasajeros, de uso personal(para la familia), tenemos que cambiar la licencia de conducir de A1 que es la que tenemos, por una A2?

    1. William Cano Santander

      Si la unidad vehicular es para uso personal de la familia, no es necesario cambiar tu licencia, con la uno es suficiente, pero si es para hacer servicio de transporte de personas, tienes que recategorizar  tu licencia  ala categoria A dos B, por ser una unidad vehicular que tiene mas de 8 hacientos.

    1. William Cano Santander

      Si tu licencia de conducir A uno fue emitida antes del 18 de Noviembre del 2008, puedes seguir conduciendo tu taxi hasta la fecha que tengas que revalidar. Lo que no ocurre con las licencias de conducir clase A uno  que fueron emitidas despues del 18 de Noviembre para realizar el servicio de taxi, tendran que recategorizar segun el D. S 040-2008 MTC

  12. GARY MURO RONCO

    HOLA ,TENGO CATEGORIA A III Y SE ME VENCE EN JULIO QUIERO SABER CUANDO PUEDO TENER A III C O DE LO CONTRARIO SACAR A IV GRACIAS

  13. juan inchicaqui

    quisiera una explicacion, me detuvieron por conducir un vehiculo vacio de pasajeros de 29 asientos con 2.0 TN y tengo mi licencia de A II vigente segun me dicen que deberia conducir con licencia de AIII, primero me dicen que pase por un curso de sensibilizacion y circulacion vial y pagar la multa de M.05 de escala de multas segun es muy grave, aparte que me quitan 70 puntos y me retienen por un año la licencia es eso correcto ,

    me dicen que tengo que pasar por la escuela de conductores con 472 horas de estudio la verdad es que estoy confundido quisiera que me orienten en el menor tiempo posible, agradesco de antemano juan

    1. Juan
      Revisar la ultima linea del artículo, hay un vinculo que te lleva a una pagina donde se encuentra las categorias de los vehiculos de acuerdo al número de asientos y prestaciones.

  14. Saludos….
    Podrian decirme donde puedo encontrar explicación o expliquenme ¡¡¡por favor!!!! respecto de las categorias M1, M2,,N1,O1,O2, L1,L2 etc

    Gracias.

  15. la verdad no entiendo yo estoy en españa y estoy omologando mi licencia de conducir A lll Y ahora salen otra cosa del ministerio de peru entonces ke categoria me tocara si regreso ah peru , kisiera ke alguienme responda

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