Así es existen beneficios para toda persona pensionista en nuestra sociedad, es decir nuestros amigos jubilados estan exonerados del pago del Impuesto Predial, dispuesto por la Ley de Tributación Municipal o Decreto Ley 776 de 1994. El artículo 19 de la norma, modificado en el 2004 por el D.L. 952, indica que para acceden al referido beneficio, las personas mayores deben ser propietarias de solo un predio registrado a nombre propio o de la sociedad conyugal y que le sirva de vivienda; además que su pensión mensual no exceda el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente al 1 de enero de cada ejercicio gravable (Monto de este año: S./ 3,600.00).
El beneficio consiste en deducir de su base imponible un monto equivalente a 50 UIT (vigente en el ejercicio gravable). De exceder este monto, deberá pagar el impuesto predial sólo por la diferencia resultante. Asimismo estará afecto al pago correspondiente al derecho de emisión.
Para obtener este beneficio deberá cumplir las siguientes condiciones:
- Ser propietario de un solo predio (no sólo en el distrito), a su nombre o de la sociedad conyugal, destinado a su vivienda.
- Su ingreso bruto debe estar constituido por la pensión y no exceder de 1 UIT mensual.
Para ello deberá presentar los siguientes documentos:
Dos últimas boletas de pago de pensión de jubilación
Resolución Directoral (emitido por ONP, AFP, etc.)
Documento de identidad.
Recibo de agua, luz o teléfono.
Fuente: Sat
EN EL CASO DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES:
Las Municipalidades no están obligadas a otorgar descuentos, pero muchas de ellas dan beneficios a personas mayores de 60 años y que cumplan con ciertos requisitos (extrema pobreza, 1 solo predio, etc) en esos casos debe acercase a la municipalidad de su distrito y hacer esas averiguaciones.
HOLA, SOY DISCAPACITADO CON CARNET Y RESOLUCION DEL CONADIS Y VOY A RECIBIR UNA PROPIEDAD COMO DONACION DE MIS FAMILIARES, QUISIERA SABER SI TENDRIA QUE PAGAR IMPUESTOS PREDIALES EN EL FUTURO POR LA PROPIEDAD QUE YA ESTARIA A NOMBRE MIO Y DE MI ESPOSA, GRACIAS
mi madre no es pensionista pero esta aprobada por pensión 65 como extrema pobreza como hago para que lo exoneren de pagos de arbitrios y impuestos pre dial ella tiene 82 años yo mande documentos a la municipalidad y le negaron cualquier apoyo ahora quiero saber que documentos adjuntar y donde se hace los tramites y cual es la ley que lo ampara y saber si la exponeracion es total gracias
Buen día. Mi padre falleció el año pasado y dejó su casa a la esposa (ninguno ya trabajaba y no son jubilados), la única persona que reside actualmente es la esposa. Cómo pagará los impuestos prediales y arbitrios si no trabaja y ya tiene cerca de 80 años??
Se puede solicitar exoneración total de los impuestos municipales? En Lima Perú
buenas noches, mi padre falleció hace ya varios años y el IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIO SALE A NOMBRE DE MI PADRE AUN , Mi madre tiene 86 años, cobra como viudade la ley 19990 . que documentos tengo que llevar a la municipalidad para poder acogerla a dicho beneficio. agradeceré su pronta respuesta.
Tengo 69 años, resolución essalud dice estoy discapacitada, como hago para pedir exoneración tributos e impuesto de mi única casa
No soy pensionista soy copropietario de una casa con dos hermanos,el autoavaluo nos llega en forma individual
Tengo mi casa y soy propietario de ella con mis hermanos,el autovaluo nos llega en forma individual y no soy pensionista
Tengo 63 años, yo y mi hermano menor, de 55 años, vivimos juntos y somos copropietarios de un predio de 94 m2, adquirido hace 5 años, es de un piso, sin techar, y pagamos el autoavaluo y arbitrios a medias, es nuestra única propiedad. Puedo acceder a la Exoneración de pago del Impuesto Predial por ser yo, mayor de 60 años? O la edad de mi hermano, me lo impide? Esperaría a que él cumpla sus 60 años también? Gracias por su respuesta.
Retire el 95.5% de de fondo de pensiones por tanto no cuento con boletas de pago y, uno de los requisitos es la presentación de dicho documento para acogerse a la exoneración.
¿Como puedo proceder para exonerarme del pago del impuesto predial en este caso?
estimado sr, tengo un familiar con mas d 70 años q no percibe ningun pago d jubilacion ni tiene ningun ingreso monetario, se puede acoger a la exoneracion? ahora todo este tiempo q estuvo poagando (le ayudaron sus hijos) le puede ser devuelto, se puede recuperar? agradecere mucho su respuesta
Estimado: Jose
Si su familiar cumple con los requisitos estipulados puede acogerse a la exoneracion del impuesto predial. En todo caso le sugiero que se acerque a la ONP mas acerca para una mayor asesoría.
Saludos
Estimados:
Mi madre se jubilo el año pasado pero su pension le corespondia 450 soles mensuales y decidio solicitar todo en una cuenta, ella tiene 74 años y siempre cancelo el total de sus impuestos al inicio de año. y solo tiene un predio es posible acogerse a este beneficio????
Estimada: Liz
De cumplir con los requisitos, su madre puede acogerse a este beneficio.
Saludos
Tengo 60 años no tengo trabajo desde el año 2014 a la fecha son tres años tengo mi casa propia por favor quisiera exonerarme de los Imp Predial ley 30490 q requisitos para acercarme a la Municipalidad. PF RESP.
Estimado: Juan
Derivare su consulta al abogado y el se pondrá en contacto con Usted.
Saludos
Mi padre no es pensionista tiene 65 se puede acoger a esta ley
Estimada: Gloria
Según los alcances de la Ley Nº 30490 del año, la persona adulta mayor amplía el beneficio de la deducción de 50 UIT de la base imponible del impuesto predial también para aquellas personas mayores de 60 años no pensionistas, pero propietarias de un solo inmueble.
Saludos
Tengo solo un predio en un distrito pero mi direccion de dni figura en otro departamento
Buenas Tardes
Si cuenta con un solo predio, puede acogerse a esta exonearacion. En todo caso debe rectificar la dirección de su DNI, para ello debe acercarse a cualquier Agencia de Reniec.
Saludos
TENGO DOS INMUEBLES…SOY JUBILADO MI PENSION ES DE 169 DOLARES MENSUALES O SEA MENOS DE 600 SOLES.
EN UNO LO USO COMO VIVIENDA,EL OTRO LO ALQUILO POR 1,800.00 SOLES MENSUALES.
ESTOY AL DIA EN MIS PAGOS DE IMPUESTO PREDIAL POR LAS DOS VIVIENDAS.
MI PREGUNTA: PUEDO SER EXONERADO DE UNA VIVIENDA DEL IMPUESTO PREDIAL ?
Estimado: Hector
Para acogerse a este beneficio debe contar con un solo predio.
Saludos
Mi tia ha solicitado la exoneración para jubilados y recientemente aparecieron 2 personas diciendo que tenian que medir la casa y entrar a cada habitación para verificar no se que cosa, además de «comprobar» que mi tia vivia allí; bueno ella los recibio, con su ropa de casa, pero no los dejo entrar ya que hace un tiempo la casa ya fue medida por la municipalidad. ¿Es este procedimiento normal?, si esta gente vuelve ¿Se les debe dejar pasar?
Mi Sr padre cobra pensión desde el 2011 pero sus tramites lo comenzó desde el 2005.Desde que fecha se efectúa el descuento para pensionista, desde el inicio del tramite de pensión ? o desde la fecha de la Resolución de pensión ?
Gracias
Soy pensionista, mi pensión es 650.00 soles; mi vivienda tiene un costo total de 59,890.00 soles; me corresponde la exoneración o cuánto debo pagar el impuesto?
Estimado: Nestor
Si cuenta con un solo predio puede acogerse a este beneficio.
Saludos
buenas tardes;
mi padre es pensionista de la ONP hace 3 meses y cuenta con un solo predio es posible exonerar el impuesto predial y que tramite debo de hacer