Es probable que en poco tiempo exista la facilidad de acceso a los países que conforman el territorio Schengen, puesto que Perú y Colombia podrían tener libertad de transito entre esos países por una estancia corta, pero sin necesidad de una visa.
El territorio Schengen esta conformado por paises como: Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, República Checa, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia,Finlandia, Francia, Grecia, Holanda, Hungría, Islandia, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Polonia, Portugal, Rumania, Suecia y Suiza.
Para solicitar la visa se debe acudir al Consulado del país miembro del Acuerdo de Schengen que constituye el objetivo principal de su viaje o en el que permanecerá mayor tiempo.
La Schengen permite al ciudadano ingresar y viajar por el territorio Schengen, pero no le da un derecho automático a ello. El Oficial de control de migraciones en el puesto fronterizo de entrada, tiene la potestad de solicitar al viajero que presente, además de su pasaporte y sus visados válidos, documentación acreditativa de su situación financiera, del tiempo de permanencia en territorio Schengen, del propósito de su viaje y el billete de retorno.
El trámite es estrictamente PERSONAL y demora,entre 3 a 7 días hábiles (Salvo excepciones). Presentar documentos originales y copias.
El pago de los derechos consulares es en moneda peruana.
REQUISITOS PARA LA VISA SCHENGEN
- Solicitud de visado Schengen debidamente llenada y firmada.
- Tres fotografías en color, recientes e iguales, de tamaño pasaporte.
- Pasaporte vigente, con validez no menor de seis meses después de la salida del territorio Schengen y con dos páginas libres como mínimo (original y copia).
- Si el solicitante no es de nacionalidad Peruana, presentar el Carnet de Extranjería (original y copia).
- Pago de los derechos consulares.
- Print de reserva del boleto aéreo, ida y vuelta (original y copia).
- Pasaportes anteriores (original y copia).
- Reserva de hoteles.
- Programa de su viaje en el territorio Schengen.
- Carta de presentación de su banco indicando la fecha de apertura de sus cuentas, estados de sus cuentas de ahorro y/o corriente, así como de sus tarjetas de crédito internacionales de los tres últimos meses (originales y copia).
- Carta de presentación de su empleador indicando el tiempo de servicio, cargo, sueldo y período del goce vacacional o licencia concedida, asimismo como tres últimas boletas de pago. En caso de ser empresarios y/o profesionales, adjuntar el RUC, pago del IGV u otros de impuestos, así como los movimientos bancarios de su empresa (originales y copias).
- Si la persona que solicita el visado de turismo no trabaja (por ser menor, estudiante, ama de casa, jubilada, etc.), la persona que esté a cargo de su manutención, (padre, madre hijo/a), deberá redactar una carta de presentación, con copia de su DNI, indicando que garantiza los gastos del solicitante durante su viaje. (adjuntar información financiera sobre sus ingresos económicos tales como se indican líneas arriba). Los jubilados deberán presentar sus tres últimas boletas de pago y/o eventualmente algún otro documento que justifique sus ingresos económicos (originales y copias).
- Para niños menores de 18 años, se solicita la presencia de ambos padres en el consulado así como la partida de nacimiento. En caso que el menor viaje solo o con uno de los padres, se debe adjuntar la autorización de viaje respectiva (original y copia).
- Presentar Seguro de Viaje de asistencia médica en el extranjero con la siguiente cobertura.
- Asistencia médica por enfermedad: cobertura mínima de 30,000 euros.
- Asistencia médica por accidentes: cobertura mínima de 30,000 euros.
- Repatriación: cobertura mínima de 20,000 euros.
- La empresa de seguro debe contar con un representante/sucursal en Europa.
- Devolución de los gastos no pueden ser a reembolso.
- El seguro de viaje no puede tener un deducible
- Este seguro debe ser válido por el tiempo que dure su viaje (original y copia).
- (En caso de invitación: Carta de invitación legalizada por la municipalidad donde reside la persona que invita, así como una copia del pasaporte o tarjeta de residencia de la persona que invita.
- o la Carta de invitación de la empresa a la cual visitará. Si la Empresa que lo invita asume los gastos de su viaje y estadía debe especificarlo en la carta.)
Cualquier novedad sobre la visa Schengen y sus novedades se estaran actualizando en este espacio.
Ojala pronto se aprueba esa ley pronto y asi podamos viajar libremente y conocer sus ciudades asi como ellos viajan libremente por nuestro pais y conocen todo sin limitacion nosotros tambien tenemos que tener igual derecho de transito… por la culpa de ese incapaz de alan garcia es que nos cerraron las puertas. jodeeerrr